PROMULGACION: 7 de diciembre de 2009 PUBLICACION: 17 de diciembre de 2009
Decreto Nº 551/009 - Impuesto a las Rentas de la Personas Físicas.. Adecuaciones.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 7 de diciembre de 2009
VISTO: el Título 7 del TO 1996 y el Decreto 148/007, de 26 de abril de 2007.
RESULTANDO: que las normas referidas establecen el marco regulatorio general del Impuesto a las Rentas de la Personas Físicas.
CONSIDERANDO: necesario realizar determinadas adecuaciones a la disposición reglamentaria referida.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República.
ART. 1º.- "Artículo 26 bis Bienes adjudicados por partición: A efectos de determinar la renta originada en incrementos patrimoniales correspondientes a enajenaciones de inmuebles adjudicados por partición, el costo fiscal estará constituido por el valor de adquisición de los bienes por los integrantes del condominio, actualizado de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo anterior. Si al inmueble se le hubieren realizado mejoras, el costo de las mismas se incorporará al valor fiscal en la forma dispuesta por el inciso cuarto del artículo 26 del presente Decreto.
ART. 2º.- |