PROMULGACION: 17 de agosto de 2009
PUBLICACION: 8 de setiembre de 2009

Decreto Nº 412/009 - Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP). Compras por excepción. Exoneración.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 17 de agosto de 2009

VISTO: la deuda comercial que UTE mantiene con ANCAP motivada por la necesidad, en virtud de la sequía, de compra de fuel oil y gas oil para la generación de energía eléctrica;

RESULTANDO: que la magnitud de dicha deuda ha afectado el flujo de caja de ANCAP poniendo en riesgo el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones, razón por la cual dicho organismo entiende imprescindible la obtención de los recursos financieros que permitan equilibrar la situación, a través del procedimiento de contratación previsto por el literal "I", numeral 3°, inciso 2° del artículo 33 del TOCAF 1996;

CONSIDERANDO: que la evidente imprevisibilidad y gravedad de la situación, motiva que no pueda darse cumplimiento al requisito de disponibilidad del crédito exigido por el artículo 11 del Decreto N° 90/000 de 3 de marzo de 2000, a los efectos de la certificación del Ministerio de Economía y Finanzas prevista en el artículo 738 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, en virtud de lo cual, en forma excepcional y a los exclusivos efectos de la antes mencionada contratación, se habrá de exonerar a ANCAP del cumplimiento de dicho requisito.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas que vienen de individualizarse;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:

ART. 1º.-
Exonérase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP), en forma excepcional y a los solos efectos de la contratación referida en la parte expositiva del presente, del cumplimiento de los requisitos establecidos por el artículo 11 del Decreto N° 90/000 de 3 de marzo de 2000.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - JORGE BRUNI - GONZALO FERNANDEZ - ANDRES MASOLLER - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - JULIO BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI.