PROMULGACION: 17 de agosto de 2009 PUBLICACION: 8 de setiembre de 2009
Decreto Nº 412/009 - Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP). Compras por excepción. Exoneración.
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 17 de agosto de 2009
VISTO: la deuda comercial que UTE mantiene con ANCAP motivada por la necesidad, en virtud de la sequía, de compra de fuel oil y gas oil para la generación de energía eléctrica;
RESULTANDO: que la magnitud de dicha deuda ha afectado el flujo de caja de ANCAP poniendo en riesgo el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones, razón por la cual dicho organismo entiende imprescindible la obtención de los recursos financieros que permitan equilibrar la situación, a través del procedimiento de contratación previsto por el literal "I", numeral 3°, inciso 2° del artículo 33 del TOCAF 1996;
CONSIDERANDO: que la evidente imprevisibilidad y gravedad de la situación, motiva que no pueda darse cumplimiento al requisito de disponibilidad del crédito exigido por el artículo 11 del Decreto N° 90/000 de 3 de marzo de 2000, a los efectos de la certificación del Ministerio de Economía y Finanzas prevista en el artículo 738 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, en virtud de lo cual, en forma excepcional y a los exclusivos efectos de la antes mencionada contratación, se habrá de exonerar a ANCAP del cumplimiento de dicho requisito.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas que vienen de individualizarse;
ART. 1º.- ART. 2º.- |