PROMULGACION: 10 de agosto de 2009
PUBLICACION: 18 de agosto de 2009

Decreto Nº 368/009 - Se amplia el plazo de exoneración del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas, para la actividad desarrollada por las empresas licenciatarias de televisión para abonados que adhieran al Plan CARDALES.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 10 de agosto de 2009

VISTO: el Decreto N° 301/009, de 29 de junio de 2009, por el que se declara promovida la actividad desarrollada por las empresas licenciatarias de televisión para abonados que adhieran al Plan Cardales.

RESULTANDO: que es necesario viabilizar, en el marco del plan Cardales, la ampliación de cobertura de los hogares del quintil más pobre de la población, de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo 2° del artículo 2° del citado Decreto N° 301/009.

CONSIDERANDO: conveniente ampliar el plazo de exoneración del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas a que hace referencia la norma referida.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998 y el Decreto N° 455/007, de 26 de noviembre de 2007.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Sustituyase el artículo 5° del Decreto N° 301/009, de 29 de junio de 2009, por el siguiente:

"ARTICULO 1°.- La exoneración a que refiere el artículo 2° regirá por el plazo de diez ejercicios contados a partir de aquel en el que se solicite la declaratoria promocional, inclusive y no podrá superar en cada ejercicio los porcentajes de impuesto exonerado establecidos en el artículo 16 del Decreto N° 455/007, de 26 de noviembre de 2007 con la redacción dada por el Decreto N° 433/008, de 17 de setiembre de 2008."

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, archívese.
VAZQUEZ - ALVARO GARCIA.