PROMULGACION: 27 de mayo de 2008
PUBLICACION: 3 de junio de 2008

Decreto Nº 257/008 - SODRE. Complejo de Salas de Espectáculos Dra. Adela Reta. Se autorizan contrataciones directas a los efectos de concluir la obra.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 27 de mayo de 2008

VISTO: la necesidad de concluir las obras del Complejo de Salas de Espectáculos del SODRE "Dra. Adela Reta".

CONSIDERANDO: I) que se deben encarar las contrataciones en forma urgente a efectos de cumplir con el cronograma de avance físico a efectos de una rápida culminación de las obras del referido Complejo.
II) que a esos efectos deberá recurrirse a la contratación directa al amparo de lo dispuesto por el literal i) numeral 3°, inciso 2° del artículo 33 del TOCAF 1996.
III) que las contrataciones directas indispensables que se dispongan al amparo de lo dispuesto por le literal i), numeral 3°, inciso 2º del artículo 33 del TOCAF 1996, requieren la previa certificación del Ministerio de Economía y Finanzas prevista en el artículo 738 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, so pena de nulidad.
IV) que por las circunstancias internacionales que han afectado la economía nacional por Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000, se dispuso que el Ministerio de Economía y Finanzas no hará lugar a la certificación mencionada en cuando no se cumpla que el monto de las compras directas que se realicen por razones de urgencia no supere el 10% del crédito presupuestal del Grupo de Gasto correspondiente, en cualquier fuente de financiamiento.
V) que sin perjuicio de considerarse conveniente el mantenimiento de la norma citada en el CONSIDERANDO IV del presente Decreto, es necesario habilitar en el caso concreto y por vía de excepción, contrataciones directas sin las condiciones que se establecen en el artículo 11 del Decreto N° 90/000.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 24 del artículo 168 de la Constitución de la República y los artículos 33, 74 del TOCAF 1996.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:

ART. 1º.-
Exonérase al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos", a los solos efectos de lo reseñado en los considerandos del presente decreto, del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto N° 90/000, de 3 de marzo de 2000, para las contrataciones necesarias que demande la finalización del Complejo de Salas de Espectáculos del SODRE "Dra. Adela Reta".

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - RICARDO BERNAL - GONZALO FERNANDEZ - DANILO ASTORI - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - GERARDO GADEA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI.