PROMULGACION: 3 de diciembre de 2007
PUBLICACION: 14 de diciembre de 2007

Decreto Nº 469/007 - Se fija el nuevo valor del Indice Global (IG) del Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional de Carrasca "Cesáreo L. Berisso"

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Montevideo, 3 de Diciembre de 2007

VISTO: la gestión promovida por la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias por la cual da cuenta de la solicitud presentada por parte de "Puerta del Sur S.A." (Contratista del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Cesáreo L. Berisso"), relativa a la actualización de los valores monetarios a que refiere el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral del A.J.C., a fin de aprobar el nuevo Indice Global (IG) y proceder a la actualización de los precios del Anexo F, canon mínimo y Unidad de Trabajo previstos en dicho Régimen.

RESULTANDO: I) que el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral aprobado por el Decreto 376/002 de 28 de setiembre de 2002, establece que el Poder Ejecutivo anualmente podrá autorizar la actualización de los precios del Anexo F y del canon del numeral 4.7 del citado Régimen de Gestión Integral, de conformidad con las variaciones de los índices que se individualizan en la citada previsión contractual, disponiendo de un plazo de 30 días contados desde la presentación formal de la solicitud por parte del contratista, vencido el cual se entenderá aprobada la misma.
II) que con fecha 12 de noviembre de 2007 la empresa "Puerta del Sur S.A." formalmente presentó ante la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, creada por el Decreto 376/002 mencionado, su propuesta de fijación del nuevo valor del Indice Global (IG) entendiendo que debe fijarse en 1,05824 para el período 2006 - 2007.
III) que se ha expedido la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias en relación a la propuesta presentada, en el sentido de aprobar el Indice Global en 1,05824 y que se debe tener en cuenta el plazo de 30 días para aprobar la propuesta solicitada y que en caso contrario se dará por aprobada la propuesta presentada la fijación del nuevo Indice Global (IG) determinado, estimando que corresponde proceder a la aprobación de los nuevos valores de los precios del Anexo F, Unidad de Trabajo y del canon del numeral 4.7 del Régimen de Gestión Integral.
IV) que la actualización que se solicita no se efectúa desde el período 2005 - 2006 en virtud de no haber sido autorizada por el Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO: que en atención a la facultad prevista en el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral, se estima oportuno en esta instancia proceder a la actualización del Indice Global (IG), actualizando los precios previstos en el Anexo F, así como el valor de la Unidad de Trabajo y canon mínimo previsto por el numeral 4.7 del referido Régimen, los que entrarán en vigencia a los 30 días contados a partir de la fecha del presente acto administrativo.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Fíjase el nuevo valor del Indice Global (IG) previsto en el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional de Carrasca "Cesáreo L. Berisso" aprobado por el Decreto 376/002 de 28 de setiembre de 2002, el que quedará establecido en 1,05824.

ART. 2º.-
Establécese que los nuevos valores de los precios previstos en el Anexo F "Cuadro de Precios" del Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional de Carrasca "Cesáreo L. Berisso", calculados por la aplicación del Indice Global fijado por el numeral anterior, de acuerdo con el cuadro de precios que se anexa al presente Decreto y que se considera parte integrante de la misma, entrarán en vigencia a los 30 días contados a partir de la fecha del presente acto administrativo.

ART. 3º.-
Comuniquese y pase a la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias para la notificación a la interesada. Cumplido, publíquese y archívese.
VAZQUEZ - AZUCENA BERRUTTI - DANILO ASTORI - VICTOR ROSSI.