| PROMULGACION: 27 de agosto de 2003 PUBLICACION: 3 de setiembre de 2003 
Decreto Nº 350/003 -  Enajenaciones de vehículos de pasajeros realizadas por personas físicas o jurídicas que gocen de exoneración tributaria en la importación. Se modifica el  artículo 3° del Decreto N° 407/002.  
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 Montevideo, 27 de agosto de 2003
 VISTO: el articulo 22 de la Ley N° 17.453, de 28 de febrero de 2002, que grava con los impuestos al Valor Agregado y Especifico Interno, las enajenaciones de vehículos de pasajeros realizadas por personas físicas o jurídicas que gocen de exoneración tributaria en la importación.
 RESULTANDO: que en las enajenaciones realizadas por el Estado en la modalidad de oferta pública, el precio puede ser menor a los impuestos referidos como consecuencia que la base de cálculo para su liquidación está determinada por la tasación que realice el Banco de Seguros del Estado.
 CONSIDERANDO: necesario adecuar la referida base de cálculo.
 ATENTO: a lo expuesto.
 ART. 1º.- ART. 2º.- |