PROMULGACION: 27 de mayo de 2003 PUBLICACION: 3 de junio de 2003
Decreto Nº 207/003 - Contención y racionalización del Gasto Público. Se agrega un inciso al artículo 7 del Decreto 69/002.
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 27 de mayo de 2003
VISTO: lo dispuesto en el inciso primero del artículo 7 del Decreto 69/002 de 27 de febrero de 2002;
RESULTANDO: que la norma citada prevé que toda renovación de contrato de arrendamiento otorgado por el Estado en calidad de arrendatario deberá contar con informe previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a cuyos efectos se le remitirá la documentación pertinente con ciento veinte días de anticipación al vencimiento del contrato;
CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente arrienda fincas a particulares a fin de realojar familias que habitan en zonas con alto índice de contaminación con plomo;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
ART. 1º.- "Exceptúase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente de requerir el informe previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en las renovaciones de contratos de arrendamientos de inmuebles que celebre a los efectos de realojar familias que habilitan en zonas de alto índice de contaminación con plomo".
ART. 2º.- |