| PROMULGACION:16 de diciembre de 2002 PUBLICACION: 3 de enero de 2003 
Decreto Nº 480/002 - Devolución de Impuestos Indirectos y Devolución de Tributos. Se establecen requisitos de control, reglamentando el artículo 43 de la Ley Nº 17.555.  
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 16 de diciembre de 2002
 VISTO: lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley Nº 17.555 de 18 de setiembre de 2002, regulando aspectos relativos a los créditos provenientes de Devolución de Impuestos Indirectos y Devolución de Tributos.
 RESULTANDO: que la citada norma dispuso que el Ministerio de Economía y Finanzas asumiera determinados cometidos en materia de créditos a que refiere el Visto.
 CONSIDERANDO: que es conveniente establecer requisitos de control en el otorgamiento de los certificados representativos de los créditos a que refiere el Visto.
 ATENTO: a lo expuesto.
 ART. 1º.- ART. 2º.- ART. 3º.- 
BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY.
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