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PROMULGACION: 10 de enero de 2025
PUBLICACION: 27 de enero de 2025

Decreto Nº 5/025 - Fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Montevideo, 10 de enero de 2025

VISTO: lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004;

RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma;

CONSIDERANDO: I) que el valor fue fijado por Decreto N° 7/024, de 16 de enero de 2024 en $ 6.177,00 (pesos uruguayos seis mil ciento setenta y siete).
II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo en un 6,47% (seis con cuarenta y siete por ciento); correspondiente a la variación del índice Medio de Salarios en el periodo comprendido entre el penúltimo mes ...


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PROMULGACION: 10 de enero de 2025
PUBLICACION: 27 de enero de 2025

Decreto Nº 5/025 - Fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Montevideo, 10 de enero de 2025

VISTO: lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004;

RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma;

CONSIDERANDO: I) que el valor fue fijado por Decreto N° 7/024, de 16 de enero de 2024 en $ 6.177,00 (pesos uruguayos seis mil ciento setenta y siete).
II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo en un 6,47% (seis con cuarenta y siete por ciento); correspondiente a la variación del índice Medio de Salarios en el periodo comprendido entre el penúltimo mes previo a la fecha de vigencia del ajuste anterior y el penúltimo mes previo a la vigencia del nuevo valor;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas legales citadas;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2025, en $ 6.576 (pesos uruguayos seis mil quinientos setenta y seis).

ART. 2º.-
Comuniquese y archívese.
LACALLE POU LUIS - ALEJANDRO IRASTORZA - MARIO ARIZTI.