PROMULGACION: 15 de noviembre de 2018
PUBLICACION: 26 de noviembre de 2018

Ley 19.699 - Se conceden bonificaciones a pequeñas empresas contribuyentes del BPS.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. Unico.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 9° de la Ley N° 17.963, de 19 de mayo de 2006, por los siguientes:

"ARTÍCULO 9°.- Facúltase al Poder Ejecutivo, en iguales condiciones que el artículo precedente, a partir del año civil siguiente a la promulgación de la presente ley, y en la medida que se cumplan los objetivos en materia de recaudación, a otorgar una bonificación de hasta el 15% (quince por ciento) sobre las obligaciones jubilatorias patronales de las micro y pequeñas empresas correspondientes al mes de diciembre.
A los efectos de determinar el concepto de micro y pequeñas empresas, se estará a las definidas de tal manera por la reglamentación".
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 7 de noviembre de 2018. LUCÍA TOPOLANSKY, Presidente; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 15 de noviembre de 2018

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar bonificaciones a las micro y pequeñas empresas contribuyentes del Banco de Previsión Social.
VÁZQUEZ - ERNESTO MURRO - DANILO ASTORI.