PROMULGACION: 18 de noviembre de 2007
PUBLICACION: 28 de noviembre de 2007

Ley 18.196 - Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IMPO). Se amplian cometidos.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. Unico.-
Sustitúyese el literal D) del artículo 2° contenido en el artículo 341 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, que quedará redactado de la siguiente manera:

"D) Apoyar la difusión y conocimiento de la normativa a través de medios documentales y electrónicos y promover, producir y difundir las actividades del interés público determinadas por la Presidencia de la República y aquellas educativas y culturales que determine el Ministerio de Educación y Cultura".

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 7 de noviembre de 2007. VICTOR VAILLANT, Presidente; HUGO RODRIGUE FILIPPINI, Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
   MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 18 de noviembre de 2007

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
NIN NOVOA - JORGE BROVETTO - DAISY TOURNE - REINALDO GARGANO - MARIO BERGARA - AZUCENA BERRUTTI - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI.