PROMULGACION: 23 de setiembre de 2004
PUBLICACION: 29 de setiembre de 2004

Ley 17.836 - Funcionarios Policiales. Ascensos. Retroactividad.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

ART. UNICO.-
Interprétase que los ascensos de funcionarios policiales realizados en aplicación del artículo 113 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002, serán retroactivos al 1° de febrero de 2002.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de setiembre de 2004. JOSE AMORIN BATLLE, Presidente; HORACIO D. CATALURDA, Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

Montevideo, 23 de setiembre de 2004

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
HIERRO LOPEZ - ALEJO FERNANDEZ - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU - LEONARDO GUZMAN - GABRIEL GURMENDEZ - JOSE VILLAR - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO - MILTON PESCE - EDGARDO CARDOZO - JUAN BORDABERRY - SAUL IRURETA.