PROMULGACION: 26 de julio de 2022
PUBLICACION: 1 de agosto de 2022

Decreto Nº 234/022 - Exceptúase al Inciso 36 "Ministerio de Ambiente", durante el ejercicio 2022, de la aplicación del artículo 1° del Decreto N° 447/007, de 19 de noviembre de 2007.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
             MINISTERIO DE AMBIENTE

Montevideo, 26 de julio de 2022

VISTO: el artículo 1° del Decreto N° 447/007, de 19 de noviembre de 2007;

RESULTANDO: I) que la citada disposición establece la prohibición a los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, de renovar o aumentar la flota automotriz, cuando implique egresos de caja, cualquiera fuere la fuente de financiamiento, con excepción del correspondiente a los tributos que gravan la importación, así como los precios o tarifas que deben abonarse como consecuencia directa de la importación;
II) que por el artículo 291 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, se creó el Ministerio de Ambiente y por el artículo 293 de la mencionada norma legal, se le asignaron los cometidos en material ambiental;
III) que por el artículo 296 de la citada norma, se encomendó la transferencia al Ministerio de Ambiente, de las unidades ejecutoras 004 "Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA)" y 005 "Dirección Nacional de Aguas (DINAGUA)", así como todo lo concerniente al cambio climático, desde el entonces Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente", con sus cometidos y atribuciones, la redistribución de los recursos humanos y la reasignación de los recursos materiales;
IV) que por la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, se incorporó al Ministerio de Ambiente como Inciso 36 del Presupuesto Nacional y se crearon las cinco unidades ejecutoras que lo conforman;
V) que por el Decreto N° 98/022, de 24 de marzo de 2022, fueron transferidos los vehículos pertenecientes al Inciso 14 "Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial", al Inciso 36 "Ministerio de Ambiente";

CONSIDERANDO: I) que al crearse nuevas unidades ejecutoras, la flota vehicular transferida resulta insuficiente para cumplir con los cometidos asignados;
II) que a los efectos de cumplir adecuadamente las competencias asignadas, abarcando todo el territorio nacional, es necesario que el Ministerio de Ambiente cuente con una flota vehicular en buen estado;
III) que se cuenta con los créditos para hacer frente a la erogación generada por la renovación y adquisición de vehículos nuevos para la flota automotriz;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:

ART. 1º.-
Exceptúase al Inciso 36 "Ministerio de Ambiente", durante el ejercicio 2022, de la aplicación del artículo 1° del Decreto N° 447/007, de 19 de noviembre de 2007.

ART. 2º.-
Comuniquese, etc.
LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSE LUIS FALERO - WALTER VERRI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - JUAN BUFFA - TABARÉ VIERA - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ADRIAN PEÑA.