PROMULGACION: 22 de octubre de 2018 PUBLICACION: 30 de octubre de 2018 Decreto Nº 333/018 - Se modifica el artículo 42 del Decreto 150/007, agregando numeral que incluye a los gastos en que incurran las empresas, por concepto de servicios de tratamiento y disposición final de residuos químicos, de las actividades que se determinan, cuando son contratados con organizaciones civiles sin fines de lucro, que ejecuten un plan de gestión de residuos, en el marco del Decreto N° 152/013. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 22 de octubre de 2018 VISTO: el artículo 42° del Decreto N° 150/007 de 26 de abril de 2007 que admite, una serie de excepciones en materia de deducción de gastos en la liquidación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE). RESULTANDO: I) que la Ley N° 17.283 de 28 de noviembre de 2000 declara de interés general, entre otras, la protección del ambiente, la reducción y el adecuado manejo de sustancias tóxicas o peligrosas y de los desechos cualquiera sea su tipo, la prevención, eliminación o mitigación y la compensación de los impactos ambientales negativos.
CONSIDERANDO: que es conveniente adecuar el elenco de gastos deducibles. ATENTO: a lo expuesto y a la facultad concedida por el literal M) del artículo 22° del Título 4 del Texto Ordenado 1996, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
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