PROMULGACION: 15 de marzo de 2016
PUBLICACION: 31 de marzo de 2016

Decreto Nº 81/016 - Se sustiuye el inciso segundo del art. 1º del Decreto 12/015, relativo al régimen de devolución del IVA en el paso de frontera de la ciudad de Chuy.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 15 de marzo de 2016

VISTO: el Decreto N° 12/015 de 13 de enero de 2015, el cual incorporó en forma temporal al régimen de devolución del Impuesto al Valor Agregado establecido en el Decreto N° 378/012 de 23 de noviembre de 2012, el paso de frontera de la ciudad de Chuy.

RESULTANDO: que el Decreto N° 121/015 de 4 de mayo de 2015, prorrogó la vigencia de esta medida hasta el 30 de abril de 2016, dado que se presentó una favorable respuesta en relación a la misma.

CONSIDERANDO: conveniente extender el período de funcionamiento del mencionado puesto de devolución, debido a los resultados obtenidos.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley N° 18.083 de 27 de diciembre de 2006, en la redacción dada por el artículo 3° de la Ley N° 18.999 de 15 de noviembre de 2012,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 1° del Decreto N° 12/015 de 13 de enero de 2015, en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto N° 121/015 de 4 de mayo de 2015, por el siguiente:
"Esta disposición será aplicable a las operaciones que se realicen desde la entrada en vigencia del presente decreto hasta el 30 de noviembre de 2016."

ART. 2º.- Comuniquese, publíquese y archívese.
VÁZQUEZ - PABLO FERRERI.