PROMULGACION: 20 de mayo de 2015 PUBLICACION: 29 de mayo de 2015
Decreto Nº 138/015 - Se autoriza a titulares de Permisos de Pesca Comercial Industrial a efectuar los pagos de las tasas correspondientes a sus permisos dentro de los 90 días posteriores a sus vencimientos.
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 20 de mayo de 2015
VISTO: el decreto N° 021/2015, de 13 de enero de 2015;
RESULTANDO: I) por la citada norma se fijaron las tasas correspondientes a la expedición de los Permisos de Pesca Comercial Industrial;
CONSIDERANDO: I) que en la actualidad el sector pesquero uruguayo encuentra dificultades en la colocación de sus productos debido a la retracción en la demanda de los principales mercados internacionales, con la consecuente caída en las exportaciones;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la ley N° 19.175, de 20 de diciembre de 2013 y decreto N° 021/2015, de 13 de enero de 2015;
ART. 1º.- ART. 2º.- ART. 3º.- |