PROMULGACION: 6 de mayo de 2014
PUBLICACION: 19 de mayo de 2014

Decreto Nº 122/014 - Pago de tasas de permisos de pesca comercial. Prórroga.

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 6 de mayo de 2014

VISTO: el decreto N° 87/013, de 13 de marzo de 2013;

RESULTANDO: que por el mencionado decreto se autorizó, hasta el 31 de diciembre de 2013, a los titulares de Permisos de Pesca Comercial de buques de bandera nacional mayores a 10 TRB a efectuar el pago de las cuotas correspondientes por concepto de tasas de permisos de pesca dentro del plazo de 90 (noventa) días posteriores a su vencimiento;

CONSIDERANDO: I) la continuidad de las dificultades en el sector pesquero uruguayo para la colocación de sus productos en los principales mercados internacionales, así como la persistencia de la caída en las exportaciones;
II) conveniente, por tanto, prorrogar el plazo y condiciones otorgadas para el pago de las cuotas de permisos de pesca comercial por el presenta año;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

DECRETA:

ART. 1º.-
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2014, el plazo y condiciones establecidas por el decreto N° 87/013, de 13 de marzo de 2013, otorgado a los titulares de Permisos de Pesca Comercial de buques de bandera nacional mayores a 10 TRB para efectuar el pago de las cuotas correspondientes por concepto de tasas de permisos de pesca dentro del plazo de 90 (noventa) días posteriores a su vencimiento.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - ENZO BENECH.