PROMULGACION: 17 de agosto de 2013
PUBLICACION: 14 de agosto de 2013

Decreto Nº 206/013 - Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca. Dirección General de Secretaría. Dirección Nacional de Recursos Acuáticos. Dirección General de la Granja. Dirección General Forestal. Transformación de cargos vacantes. Autorización.

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 17 de agosto de 2013

VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010;

RESULTANDO: I) que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo a instancias de los organismos comprendidos en los incisos 02 a 15 del Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los cargos vacantes a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento, hasta tanto se apruebe la reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso correspondiente;

CONSIDERANDO: I) la solicitud del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;
II) que existe informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, de la Contaduría General de la Nación y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto respecto de las transformaciones de cargos solicitadas;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y a lo preceptuado por el Decreto N° 334 de fecha 21 de setiembre de 2011;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Autorízase la transformación de los cargos vacantes en los cargos que se proponen en Anexo, correspondientes a las Unidades Ejecutoras: 001 "Dirección General de Secretaría", 002 "Dirección Nacional de Recursos Acuáticos", 006 "Dirección General de la Granja" y 008 "Dirección General Forestal" del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", que se considera parte integrante de este decreto.

ART. 2º.-
Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en este decreto.

ART. 3º.-
Dése cuenta a la Asamblea General, comuniquese, publíquese.
MUJICA - TABARÉ AGUERRE - FERNANDO LORENZO.