PROMULGACION: 21 de mayo de 2013
PUBLICACION: 29 de mayo de 2013

Decreto Nº 156/013 - Exceptúase al MVOTMA de la prohibición de renovación del parque automotriz.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 21 de mayo de 2013

VISTO: lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 447/007, de fecha 19 de noviembre de 2007;

RESULTANDO: I) que la citada disposición establece la prohibición de toda renovación del parque automotriz, que implique egreso de caja, cualquiera fuere la fuente de financiamiento, con excepción del correspondiente a los tributos que gravan la importación, así como los precios o tarifas que deben abonarse como consecuencia de la importación;
II) que el artículo 599 de la Ley 18.719, incrementó los créditos presupuestales del Proyecto de Inversión 700 - Regionalización de la Unidad Ejecutora 001, en el ejercicio 2013 por un monto de 2:400.000;
III) que dicho incremento se otorgó para la adquisición de vehículos de acuerdo a la planificación estratégica quinquenal en el marco del objetivo de "Consolidar la presencia institucional del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en el territorio";

CONSIDERANDO: que se estima necesario exceptuar al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, permitiéndole proceder a la adquisición de los vehículos para las cuatro regionales, reforzando el parque automotriz de forma de dar cumplimiento a sus cometidos y objetivos estratégicos quinquenales aprobados;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el Decreto 447/007 de fecha 19 de noviembre de 2007 y en el artículo 599 de la ley N° 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:

ART. 1º.-
Exceptúese de la prohibición establecida en el artículo 1° del Decreto N° 447/007 de fecha 19 de noviembre de 2007, en los ejercicios 2013 y 2014, al Inciso 14 Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Unidad Ejecutora 001 - Dirección General de Secretaria.

ART. 2º.-
Comuníquese, publíquese, etc.
MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - JORGE MENÉNDEZ - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - NELSON LOUSTAUNAU - SUSANA MUÑIZ - ENZO BENECH - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER.