PROMULGACION: 31 de diciembre de 2012 PUBLICACION: 8 de enero de 2013
Decreto Nº 436/012 - Marco regulatorio de los servicios de
televisión para abonados. Se establece que El total de abonados de las empresas de televisión para abonados
autorizadas para operar en todo el territorio nacional no podrá superar el 25% del total de hogares de todo el país conforme resultados del Censo del año 2011.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 31 de diciembre de 2012
VISTO: La necesidad de ajustar el marco regulatorio de los servicios de
televisión para abonados, en función de la evolución que se ha verificado
en los últimos años en dicho mercado.
RESULTANDO: I) Que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo a través
del Ministerio de Industria, Energía y Minería, la fijación de la política
nacional de telecomunicaciones y servicios de comunicación audiovisual, de
conformidad con lo dispuesto por el art. 94 de la Ley 17.296 de 21 de
febrero de 2001, en la redacción dada por el art. 147 de la Ley 18.719 de
27 de diciembre de 2010.
CONSIDERANDO: I) Que el mercado de servicios de televisión para abonados
que se constituyera en el inicio sobre la base del principio de
territorialidad, se encuentra conformado en la actualidad por un conjunto
de operadores que, en su mayoría, prestan sus servicios sobre áreas
geográficas limitadas del territorio nacional;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
ART. 1º.- ART. 2º.- ART. 3º.- |