PROMULGACION: 3 de julio de 2012 PUBLICACION: 10 de julio de 2012 Decreto Nº 222/012 - Ministerio de Industria, Energía y Minería. Se lo exceptúa de la prohibición de renovación de su parque automotriz. MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 3 de julio de 2012 VISTO: la prohibición dispuesta por el art. 1° del Decreto N° 447/007 de 19 de noviembre de 2007, referente a la prohibición de la renovación del parque automotriz, de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, siempre que implique egreso de caja, cualquiera fuere la fuente de financiación. RESULTANDO: que la actual flota automotriz del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) cuenta con más de 15 años y el promedio mensual por vehículo es de tres mil kilómetros. CONSIDERANDO: que resulta necesario renovar el parque automotriz del MIEM, sin el cual se hace dificultoso cumplir con los objetivos, acciones programadas y nuevos cometidos del Inciso 08. ATENTO: a lo expuesto. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
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