PROMULGACION: 11 de junio de 2012 PUBLICACION: 18 de junio de 2012
Decreto Nº 194/012 - Fundación Teletón Uruguay. Donaciones. Requisitos.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 11 de junio de 2012
VISTO: el artículo 270 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, que establece la nómina de los sujetos que están en condiciones de recibir donaciones especiales según el régimen establecido por el artículo 78 del Título 4 del Texto Ordenado 1996.
RESULTANDO: que en la nómina referida en el Visto, se encuentra la Fundación Teletón Uruguay quien se encuentra abocada a construir un centro de rehabilitación pediátrica en la ciudad de Fray Bentos para la atención de pacientes del interior del país.
CONSIDERANDO: conveniente modificar los requisitos y limitantes de las donaciones comprendidas en el beneficio, en tanto estén asociadas a dicho emprendimiento.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- "Artículo 69 ter.- Fundación Teletón Uruguay. Para tener derecho al beneficio dispuesto por el literal C) del numeral 3) del artículo 79, del Título que se reglamenta, las donaciones comprendidas en el régimen recibidas para cada año civil por la Fundación Teletón Uruguay, no podrán superar la menor de las siguientes cifras:
ART. 2º.- |