MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 6 de junio de 2012
VISTO: lo dispuesto por el artículo 208 de la Ley N° 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010.
RESULTANDO: I) Que la mencionada norma crea en el Ministerio del Interior una compensación por "Compromiso de Gestión", la que se categoriza como "Incentivo", de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley N° 18.172 de fecha 31 de agosto de 2007.
II) Que para el ejercicio 2012 el objeto del Compromiso de Gestión es el desarrollo, implementación de tecnologías de la Información y Comunicación para el control de consumo de combustible, carga horaria mensual del servicio "222", control de asistencia y cumplimiento de horarios; ejecución y monitoreo del Plan de Capacitación y presentación de una propuesta de Compromiso de Gestión para el ejercicio 2013.
III) Que asimismo se requiere la aprobación de la reglamentación que establecerá las metas, debiendo contar con informes favorables de la Oficina Nacional del Servicio Civil, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas.
IV) Que por Decreto N° 44/009 de fecha 19 de enero de 2009 y Decreto N° 526/009 de fecha 19 de noviembre de 2009, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 195/009 de fecha 27 de abril de 2009, se crea la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión, con representantes de los Organismos mencionados.
CONSIDERANDO: I) Que esta es la segunda etapa en la mejora de la Gestión Funcional del Inciso, la cual se complementará durante los ejercicios 2013 y 2014, con otros proyectos de mejora de la Gestión Institucional del Inciso.
II) Que la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión ha informado favorablemente al proyecto propuesto.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo N° 168 numeral 4° de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
ART. 1º.-
Apruébase la nueva etapa del Plan de Mejora de la Gestión Funcional respecto del Ministerio del Interior, que regirá desde el 1° de mayo de 2012 al 31 de diciembre de 2012 y el que luce agregado en anexo que se considera parte integrante del presente Decreto.
ART. 2º.-
Facúltese a la referida Secretaría de Estado a realizar las modificaciones necesarias a efectos del mejor cumplimiento de los objetivos Institucionales con informe favorable de la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión.
ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - EDUARDO BONOMI - FERNANDO LORENZO.