PROMULGACION: 7 de marzo de 2012 PUBLICACION: 15 de marzo de 2012
Decreto Nº 68/012 - Ministerio del Interior. Compromiso de Gestión. Incentivo. Aprobación.
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 7 de marzo de 2012
VISTO: lo dispuesto por el artículo 208 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.
RESULTANDO: I) que la mencionada norma crea en el Ministerio del Interior una compensación por "Compromiso de Gestión", la que será categorizada como "Incentivo" de acuerdo con lo que dispone el artículo 51 de la Ley 18.172 de 31 de agosto de 2007.
CONSIDERANDO: que la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión ha informado favorablemente.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República.
ART. 1º.- ART. 2º.- MINISTERIO DEL INTERIOR
ANEXO
1° - Antecedentes
El artículo 208 de la Ley 18.719 del 27 de diciembre de 2010 crea una compensación por "Compromiso de Gestión" y otorga al personal el derecho a percibir estas partidas a través del cumplimiento de metas funcionales e institucionales por lo cual es necesaria la suscripción de un compromiso de gestión para el ejercicio 2012.
2° - Vigencia del Compromiso
El presente Compromiso de Gestión regirá hasta el 30 de abril de 2012.
3° - Normas específicas a aplicar
* Ley N° 18.719 del 27 de diciembre de 2010, art. 208
4° - Compromiso de las partes
El Ministerio del Interior se compromete a cumplir, antes del 31 de marzo, con las metas que se detallan a continuación:
Meta 1: Presentar ante la Comisión de Seguimiento un informe de evaluación del cumplimiento de las metas del compromiso de gestión suscripto por el Ministerio del Interior en el año 2011, así como toda información adicional que requiera la mencionada Comisión, que será constituida de acuerdo a lo establecido por el artículo 7° del presente documento.
5°- Responsables del cumplimiento de las metas
El Ministerio del Interior deberá comunicar tanto a la Comisión de Seguimiento como a la Comisión Reguladora de los Compromisos de Gestión, la nómina de los responsables del cumplimiento de cada una de las metas del presente compromiso, antes del 29 de febrero de 2012.
6°- Forma de pago
Contra la firma del presente compromiso de gestión se habilitará una compensación económica mensual que se acreditará en el sueldo en el periodo comprendido entre enero y abril de 2012. La misma es equivalente al porcentaje incremental para el 2012 establecido en el artículo 208 de la Ley 18.719 del 27 de diciembre de 2010.
7° - Comisión de Seguimiento y Evaluación
Se constituirá una Comisión de Seguimiento y Evaluación del Compromiso de Gestión, integrada por dos representantes del Ministerio del Interior, un representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, un representante de la Oficina Nacional de Servicio Civil y un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.
8° - Transparencia
El Ministerio del Interior deberá poner a disposición toda información que la Comisión de Seguimiento y Evaluación requiera para el análisis, seguimiento y verificación de los compromisos asumidos a través del presente Compromiso de Gestión.
EDUARDO BONOMI, Ministro del Interior.
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