PROMULGACION: 18 de enero de 2012 PUBLICACION: 1 de febrero de 2012
Decreto Nº 7/012 - Se incorporan al Anexo II del art. 2° del Decreto 389/009, las posiciones arancelarias que se determinan.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 18 de enero de 2012
VISTO: el Decreto N° 389/009, de 20 de agosto de 2009 y sus modificativos y el Decreto N° 312/011, de 2 de setiembre de 2011.
RESULTANDO: I) que el artículo 2° del citado Decreto N° 389/009 fijó una tasa de devolución de tributos del 4% (cuatro por ciento) en forma transitoria, para algunos sectores de exportación que se han visto afectados por la crisis internacional iniciada en el año 2008.
CONSIDERANDO: que se entiende conveniente acceder a la solicitud de incorporación de las posiciones arancelarias 8531.20.00.00 y 8538.90.90.00 (aparatos electrónicos) al régimen de devolución de tributos, otorgando los beneficios especiales mencionados en los resultandos.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la Ley N° 16.492, de 2 de junio de 1994.
ART. 1º.- ART. 2º.- ART. 3º.- ART. 4º.- |