PROMULGACION: 29 de diciembre de 2011
PUBLICACION: 16 de enero de 2012

Decreto Nº 485/011 - Estado Mayor de la Defensa. Distintivo. Creación.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Montevideo, 29 de diciembre de 2011

VISTO: lo dispuesto por el literal C) del artículo 16 de la Ley 18.650 de 19 de febrero de 2010.

RESULTANDO: que por el mencionado artículo se establecieron las áreas básicas de competencia del Estado Mayor de la Defensa como el Organo de asesoramiento ministerial, militar encargado del estudio, asesoramiento, coordinación, planificación y mando conjunto y/o conjunto combinado, de que dispone el Mando Superior de las Fuerzas Armadas.

CONSIDERANDO: que es oportuno la creación de un Distintivo Institucional que identifique al Estado Mayor de la Defensa.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y al informe favorable del Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Crear un Distintivo para el Estado Mayor de la Defensa, el que estará constituido por un óvalo de borde azul conformado en su interior por cinco franjas blancas y cuatro azules, formando el diseño del Pabellón Nacional. En el centro del mismo contendrá el Escudo Nacional. Alrededor del óvalo en letras de color negro y en mayúscula se describirán los logos de MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, en la parte superior y ESTADO MAYOR DE LA DEFENSA, en la parte inferior.

ART. 2º.-
Aprobar el Anexo II que contiene la lámina con el diseño del Distintivo de referencia, el cual forma parte del presente Decreto.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
MUJICA - ELEUTERIO FERNANDEZ HUIDOBRO.