PROMULGACION: 23 de noviembre de 2011
PUBLICACION: 9 de diciembre de 2011

Decreto Nº 405/011 - Agenda Digital Uruguay 2011-2015 (ADU11-15). Aprobación.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Montevideo, 23 de noviembre de 2011

VISTO: lo dispuesto por el art. 55 de la Ley N° 18.046 de 24 de octubre de 2006 en la redacción dada por el inc. 2 del artículo 118 de la Ley N° 18.172 de 31 de agosto de 2007, que establece como misión de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) el impulsar el avance de la Sociedad de la Información y del Conocimiento, promoviendo que los ciudadanos, las empresas y el gobierno realicen el mejor uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones con el objetivo de lograr una sociedad más equitativa, integradora y democrática;

RESULTANDO: I) los distintos proyectos y actividades propuestos por instituciones públicas y privadas, que determinan avances en el ámbito nacional hacia la Sociedad de la Información y del Conocimiento;
II) el cumplimiento de los objetivos y avances previstos en la Agenda Digital Uruguay 2008 - 2010, oportunamente aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo N° 373/008 de 4 de agosto de 2008;
III) los antecedentes y compromisos internacionales que surgen de: a) los principios y objetivos acordados en la primera y segunda fases de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, celebradas en Ginebra en diciembre de 2003 y en Túnez en noviembre de 2005, respectivamente; b) la Declaración de Bávaro, aprobada en República Dominicana en enero de 2003, el Compromiso de Río de Janeiro y el Plan de Acción de la Sociedad de la Información de América Latina y el Caribe (eLAC2007), aprobados en Brasil en junio de 2005; c) el Compromiso de San Salvador de los países de América Latina y el Caribe y las metas regionales en materia de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, recogidas en el documento Plan de Acción de la Sociedad de la Información de América Latina y el Caribe (eLAC2010); d) los objetivos mundiales del Plan de Acción de Ginebra (al año 2015) y los objetivos de desarrollo del Milenio para América Latina y el Caribe;

CONSIDERANDO: I) la necesidad de diseñar y ejecutar una política pública que permita continuar desarrollando acciones en pos de un avance significativo hacia la sociedad de la información y el conocimiento;
II) la estrategia general de gobierno que impulsa la transparencia y fortalecimiento democrático, el desarrollo económico basado en conocimiento, la inclusión digital y el avance del gobierno electrónico como instrumento de transformación del Estado;
III) la necesidad de alinear los proyectos propuestos y en curso con la estrategia establecida;
IV) la propuesta de Agenda Digital Uruguay para los años 2011-2015, presentada por AGESIC y aprobada por Resolución de su Consejo Directivo Honorario N° 039/011 de 24 de junio de 2011, que define y prioriza objetivos y planes concretos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Apruébase la Agenda Digital Uruguay 2011-2015 (ADU11-15) que se agrega y se considera parte integrante de este Decreto. (Reglamentación)

ART. 2º.-
Encomiéndase a los responsables de cada proyecto avanzar en el cumplimiento de las metas aprobadas en las condiciones establecidas en la Agenda.

ART. 3º.-
Encomiéndase a la AGESIC los mecanismos de actualización, seguimiento y evaluación del avance de dichas acciones.

ART. 4º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
MUJICA - FERNANDO LORENZO - RICARDO EHRLICH - ROBERTO KREIMERMAN.