PROMULGACION: 27 de setiembre de 2010 PUBLICACION: 6 de octubre de 2010
Decreto Nº 288/010 - Instituto Nacional de Estadística. Encuestadores. Relevamiento del índice de Precios de Consumo. Retribuciones.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 27 de setiembre de 2010
VISTO: la gestión promovida por el Instituto Nacional de Estadística, relativa a la fijación de los valores de las encuestas llevadas a cabo por el Instituto para el relevamiento del índice de Precios de Consumo;
RESULTANDO: que el artículo 63 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 establece que quienes desempeñen funciones de encuestador percibirán sus retribuciones por encuesta cuyo valor será fijado por el Poder Ejecutivo, en función de la complejidad del respectivo formulario, del grado de dificultad previsto para la concreción de cada entrevista y la duración de la misma;
CONSIDERANDO: I) que el Instituto se encuentra abocado a la realización del cambio de base del índice de Precios de Consumo y al relevamiento de dicho índice en Montevideo y en el interior del país;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
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