PROMULGACION: 18 de marzo de 2010 PUBLICACION: 26 de marzo de 2010
Decreto Nº 97/010 - PLUNA. Se exonera del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas la actividad de arrendamiento, uso o cesión de uso de aeronaves, sin la provisión de tripulación, equipos o mantenimiento.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 18 de marzo de 2010
VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 201/003, de 26 de mayo de 2003.
RESULTANDO: I) que dicha norma declara promovida, al amparo del inciso segundo del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad de arrendamiento, uso o cesión de uso de aeronaves, sin la provisión de tripulación, equipos o mantenimiento, a favor de PLUNA Líneas Aéreas Uruguayas Sociedad Anónima.
CONSIDERANDO: conveniente extender dicho beneficio al Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR).
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- "R) Las rentas provenientes de las actividades de arrendamiento, uso o cesión de uso de aeronaves, sin la provisión de tripulación, equipos o mantenimiento, a favor de PLUNA Líneas Aéreas Uruguayas Sociedad Anónima. Lo dispuesto precedentemente rige desde el 1° de julio de 2007". (Sustituido)
ART. 2º.- |