PROMULGACION: 9 de diciembre de 2009
PUBLICACION: 30 de diciembre de 2009

Decreto Nº 569/009 - Ministerio de Industria, Energía y Minería. Contratos a término. Financiación.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 9 de diciembre de 2009

VISTO: la necesidad de incorporar nuevo financiamiento para la contratación de personal bajo el régimen de Contrato a Término, previsto en los artículos 30 a 43 de la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002.

RESULTANDO: I) Que existen compromisos contraídos por el régimen de Contrato a Término.
II) Que el artículo 39 de la ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002 en la redacción dada por los artículos 18 de la Ley 17.930 de 19 de diciembre de 2005 y 49 de la Ley 18.046 de 24 de octubre de 2006 establece la formación de un fondo con el cual deberán atenderse las erogaciones resultantes de las contrataciones al amparo del régimen de Contrato a Término.
III) que la norma legal y sus modificativas prevén la facultad del Poder Ejecutivo de incorporar nuevos financiamientos al régimen, sin que ello implique costo presupuestal ni de caja.
IV) Que se requieren créditos adicionales para financiar los compromisos contraídos.

CONSIDERANDO: Que corresponde aprobar la financiación propuesta por el Ministerio de Industria Energía y Minería, a efectos de aplicar lo dispuesto por el art. 39 de la citada norma legal.

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por los artículos 18 de la Ley 17.930 de 19 de diciembre de 2005 y 49 de la Ley 18.046 de 24 de octubre de 2006.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Autorízase al Inciso 08 "Ministerio de Industria Energía y Minería" a financiar parte de las erogaciones resultantes de los contratos a término que realicen las Unidades Ejecutoras de esa Secretaría de Estado con cargo al objeto 092-000 "Partidas globales a distribuir" por un monto de $ 201.015 (pesos doscientos uno mil quince) y con cargo al objeto 092-007 "Partida global para reestructuras" por un monto de $ 80.000 (pesos ochenta mil).

ART. 2º.-
La Contaduría General de la Nación abatirá de los créditos establecidos en el artículo 1° de este decreto en el importe mencionado e incrementará el Objeto del Gasto 095-002 "Fondo de Contrataciones" artículo 39 Ley 17.556 en las distintas Unidades Ejecutoras de acuerdo al siguiente detalle a valores de diciembre de 2008:
U.E. - Dirección Nacional de Industrias $ 207.276
U.E. 09 - Dir Nac de Artesan, Peq y Med. Empresa $ 73.739

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
NIN NOVOA - RAUL SENDIC - ALVARO GARCIA.