PROMULGACION: 20 de diciembre de 2007
PUBLICACION: 2 de enero de 2008

Decreto Nº 506/007 - Base de Prestaciones y Contribuciones. Se fija valor.

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 20 de diciembre de 2007

VISTO: Lo dispuesto por el artículo 2° de la ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004.

RESULTANDO: Que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma.

CONSIDERANDO: I) Que el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a diciembre de 2007 es de $ 1.636 (pesos uruguayos mil seiscientos treinta y seis).
II) Que dicho valor fue fijado por decreto N° 27/007 de fecha 26 de enero de 2007.
III) Que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo en un 8,5% (ocho y medio por ciento).

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 4) del artículo 168 de la Constitución de la República y por el artículo 3° de la ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2008 en $ 1.775 (pesos uruguayos mil setecientos setenta y cinco).

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI.