PROMULGACION: 20 de diciembre de 2007
PUBLICACION: 31 de diciembre de 2007

Decreto Nº 503/007 - Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología. Investigador activo. Designación.

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
   MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 20 de Diciembre de 2007

VISTO: lo dispuesto por la ley 18.084 de 28 de diciembre de 2006, que establece los cometidos y competencias de la "Agencia Nacional de Investigación e Innovación" prevista por el artículo 256 de la ley 17.930 de 19 de diciembre de 2005.

RESULTANDO: I) El artículo 23 de la ley 18.084 dispone que el "Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología" estará compuesto por representantes de distintas organizaciones institucionales o sociales vinculadas a la ciencia, la tecnología y la innovación;
II) A su vez, el artículo 25 de la citada ley regula la forma de integración de dicho Consejo, estableciendo que, entre otros, lo integrará un "investigador activo electo por sus pares dentro de los categorizados por el respectivo sistema";

CONSIDERANDO: I) Hasta tanto se implemente el sistema de categorización y el mecanismo de elección de un investigador activo por sus pares, debe establecerse un procedimiento provisorio que permita una rápida integración del Consejo de referencia.
II) Sin perjuicio de aplicar oportunamente el mandato legal, se estima pertinente resolver, por vía reglamentaria, la forma de designación del "investigador activo" para la conformación próxima del CONICYT.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Establécese con carácter transitorio que, hasta tanto se realice la elección del "investigador activo" previsto como integrante del "Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología" por el artículo 25 de la ley 18.084 de 28 de diciembre de 2006, dicho integrante será designado por el Ministerio de Educación y Cultura.

ART. 2º.-
COMUNIQUESE, etc.
VAZQUEZ - JORGE BROVETTO - DAISY TOURNE - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA BERRUTTI - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI.