PROMULGACION: 15 de octubre de 2007
PUBLICACION: 23 de octubre de 2007

Decreto Nº 387/007 - Ministerio de Economía y Finanzas. Se habilita partida para atender las erogaciones resultantes de contrataciones a término.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 15 de octubre de 2007

VISTO: el Régimen de Contrataciones a Término, establecido en la Ley Nº 17.556 de 18 de setiembre de 2002, modificativas y concordantes.

RESULTANDO: I) que el artículo 39 de la citada Ley establece el financiamiento con el cual deberán atenderse las erogaciones resultantes de los contratos de referencia.
II) que asimismo, en el inciso 8° del artículo precitado se faculta al Poder Ejecutivo a incorporar nuevos financiamientos para atender el costo derivado de los contratos que se realicen, sin que ello implique costo presupuestal ni de caja.
III) que la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" realizó la selección de personal a contratar al amparo de las normas del Visto, en el ejercicio 2007, proponiendo para su financiación además de los créditos habilitados en el Objeto 095.002 "Fondo de Contrataciones artículo 39 de la Ley N° 17.556", créditos habilitados en los Objetos del Gasto 581 "Transferencias corrientes a organismos internacionales" $ 6:694.215,00 (pesos uruguayos seis millones seiscientos noventa y cuatro mil doscientos quince) y 282 "Servicios No Personales Profesional y Técnicos" $ 1 :905.785,00 (pesos uruguayos un millón novecientos cinco mil setecientos ochenta y cinco) a efectos de completar el financiamiento del llamado.
IV) que la propuesta contó con el aval de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación.

CONSIDERANDO: que corresponde aprobar la financiación propuesta.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley Nº 17.556 de 18 de setiembre de 2002.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Habilítase en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" una partida de $ 8:600.000,00 (pesos uruguayos ocho millones seiscientos mil) anuales, a valores de enero de 2006, a partir del ejercicio 2007 en el Objeto del Gasto 095.002 "Fondo de contrataciones artículo 39 de la Ley N° 17.556", a efectos de financiar las erogaciones resultantes de las contrataciones que realice la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, modificativas y concordantes.

ART. 2º.-
La Contaduría General de la Nación, abatirá en los mismos montos los créditos habilitados en la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", dando de alta los mismos en el Objeto del Gasto 095.002 "Fondo de contrataciones artículo 39 de la Ley Nº 17.556" en los siguientes objetos del gasto y por los montos que surgen del siguiente cuadro:
282 Servicios No Personales Profesional y Técnicos $ 1:905.785,00
581 Transferencias corrientes a organismos internacionales $ 6:694.215,00

ART. 3º.-
Comuniquese, etc.
VAZQUEZ - DANILO ASTORI.