PROMULGACION: 16 de junio de 2006 PUBLICACION: 26 de junio de 2006
Decreto Nº 187/006 - Ley de Presupuesto. Correcciones.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 16 de junio de 2006
VISTO: la gestión iniciada por la Presidencia de la República solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en la Ley de Presupuesto N° 17.930, de 19 de diciembre de 2005.
RESULTANDO: I) que el artículo 455 de la mencionada Ley, asigna partidas anuales en el Inciso 24 "Diversos Créditos", financiadas con cargo a Rentas Generales, para atender los gastos del Programa de Salud Bucal Escolar.
CONSIDERANDO: I) que para llevar a cabo dicho Programa, son necesarias inversiones mínimas tales como: equipamiento odontológico, refacción de locales escolares, transferencias a instituciones del Estado, construcción de locales y reparación de equipos fijos.
ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Contaduría General de la Nación, la aprobación de la Asamblea General y a lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005.
ART. 1º.- "Asígnanse las siguientes partidas en pesos uruguayos, financiadas con Rentas Generales, en el Inciso 24 "Diversos Créditos", para atender gastos de funcionamiento e inversiones del Programa de Salud Bucal Escolar" .
ART. 2º.- ART. 3º.- |