PROMULGACION: 16 de enero de 2006
PUBLICACION: 23 de enero de 2006

Decreto Nº 8/006 - Base de Prestaciones y Contribuciones. Fijación.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Montevideo, 16 de enero de 2006

VISTO: Lo dispuesto por el artículo 2° de la ley Nº 17.856, de 20 de diciembre de 2004.

RESULTANDO: que resulta necesario proceder a la fijación de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma.

CONSIDERANDO: I) que la Base de Prestaciones y Contribuciones a diciembre de 2005 es de $ 1.397,00 (pesos uruguayos mil trescientos noventa y siete).
II) que dicho valor fue fijado el 19 de julio de 2005.
III) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la Ley Nº 17.856, de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarla en un 6,1% (seis con uno por ciento).

ATENTO: a lo dispuesto en el numeral 4) del artículo 168 de la Constitución de la República y en el artículo 3° de la Ley Nº 17.856, de 20 de diciembre de 2004.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Fíjase a partir del 1° de enero de 2006 la Base de Prestaciones y Contribuciones en $ 1.482,00 (pesos uruguayos mil cuatrocientos ochenta y dos).

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - DANILO ASTORI - JORGE BRUNI.