PROMULGACION: 26 de setiembre de 2005
PUBLICACION: 3 de octubre de 2005

Decreto Nº 347/005 - Zonas Francas. Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio e Impuesto al Patrimonio.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 26 de setiembre de 2005

VISTO: el Decreto Nº 311/05, de 19 de setiembre de 2005.

CONSIDERANDO: que es necesario precisar el alcance de la citada norma, excluyendo del ámbito objetivo de la misma a las rentas comprendidas en el literal D) del artículo 2º del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en virtud de lo dispuesto por el artículo 144 del Título 3 del Texto citado.

ATENTO: a lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 11 de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Sustitúyese desde su vigencia, el artículo 1º del Decreto Nº 311/005, de 19 de setiembre de 2005, por el siguiente:

"ARTICULO 1º.- Declárase promovidas al amparo de lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, las prestaciones de servicios y las enajenaciones de bienes inmateriales, a que refieren los literales B), C), y E) del artículo 2º del Título 4 del Texto Ordenado 1996, realizadas a usuarios de zona franca por personas físicas domiciliadas en el exterior y por personas jurídicas constituidas en dicho ámbito territorial"

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - DANILO ASTORI.