PROMULGACION: 29 de agosto de 2005
PUBLICACION: 5 de setiembre de 2005

Decreto Nº 262/005 - Turismo. Inversiones.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Montevideo, 29 de agosto de 2005

VISTO: lo dispuesto por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 350/004, de 29 de setiembre de 2004.

RESULTANDO: I) que el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 175/003, de 7 de mayo de 2003, adecuó orgánicamente la normativa vigente a fin de promover y facilitar las inversiones en el Sector Turismo.
II) que el artículo 18 del precitado acto-regla se estableció un plazo hata el 31 de mayo de 2004 para todas las ampliaciones a la inversión en proyectos que se hayan amparado en anteriores regímenes, los que deberán ajustarse al régimen que se creaba.
III) que por Decreto Nº 350/004, de 29 de setiembre de 2004 y a fin de incrementar la incidencia económico del sector turístico se prorrogó la vigencia del Decreto Nº 175/003 citado, hasta el 31 de julio de 2005.

CONSIDERANDO: que el Dereto-Ley Nº 14.335, de 23 de diciembre de 1974, en su claro contenido de incrementar la incidencia socioeconómico del sector turismo mediante el mejoramiento y ampliación de la infraestructura turística nacional, hace necesario otorgar un régimen de flexibilidad temporal para la realización de las inversiones.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Modifícase el artículo 18 del Decreto Nº 175/003, de 7 de mayo de 2003, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 18.- Este Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación".

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - DANILO ASTORI - HECTOR LESCANO.