PROMULGACION: 18 de enero de 2005 PUBLICACION: 21 de enero de 2005
Decreto Nº 26/005 - Registro Nacional del Trabajo Sexual.
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 18 de enero de 2005
VISTO: el Decreto 480/003 de 20 de noviembre de 2003 por el cual se crea el Registro Nacional del Trabajo Sexual.
RESULTANDO: I) Que por dicha norma se reglamenta la Ley 17.515 de 4 de julio de 2002, relativa al Trabajo Sexual, estableciendo las condiciones, requisitos, obligaciones, deberes y comportamientos que deben observarse.
CONSIDERANDO: I) Que conforme la Ley que se reglamenta, en su Artículo 22 se define al prostíbulo como todo local donde se brinde servicio de trabajo sexual, para lo cual se deben de reunir determinados requisitos que dicha normativa. exige, así como también para las personas que desempeñan tal función.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
ART. 1º.- ART. 2º.- |