PROMULGACION: 22 de diciembre de 2004
PUBLICACION: 29 de diciembre de 2004

Decreto Nº 446/004 - Se actualiza el monto del Impuesto al Valor Agregado a percibir por parte del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI).

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 22 de diciembre de 2004

VISTO: el artículo 2° del Decreto N° 70/002, de 28 de febrero de 2002, que comete al Poder Ejecutivo la actualización del monto del Impuesto al Valor Agregado a percibir por parte del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI).

CONSIDERANDO: conveniente hacer uso de la referida facultad.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
A partir del 1° de enero de 2005 el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) determinará el monto de la percepción del Impuesto al Valor Agregado por litro, a que refiere el artículo 2° del Decreto N° 70/002, de 28 de febrero de 2002, de acuerdo al siguiente detalle:

Vinos nacionales Precio $ % Impuesto $
Envases de hasta 0,75 lts. 39.30 10 3,93
Envases de más de 0,75 lts. y hasta 2,99 lts. 18,70 10 1,87
Envases de más de 0,99 lts. y hasta 10 lts. 9,80 10 0,98
Restantes envases y vino a granel 6,00 10 0,60
Vinos importados Precio $ % Impuesto $
  39,30 10 3,93

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
BATLLE - ISAAC ALFIE.