MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 21 de abril de 2004
VISTO: lo dispuesto por el artículo 4to, de la Ley No. 17.556 de 18 de setiembre de 2002.
RESULTANDO: I) Que la citada norma legal faculta al Poder Ejecutivo a disponer la fusión, supresión o reorganización de las diversas unidades de la Administración Central, dando cuenta a la Asamblea General, la que dispondrá de un plazo de 45 días para su consideración, teniéndose por aprobado si ésta no se expidiese en el término referido.
II) Que por Decreto del Poder Ejecutivo No. 240/997 de 17 de julio de 1997 se aprobó la estructura de la Organización para el Cumplimiento de Cometidos de la Unidad Ejecutora 019 "Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación".
III) Que dicha estructura organizativa fue modificada por los Decretos No. 235/998 de 1 de setiembre de 1998 y los decretos 233/999 de 29 de julio de 1999 y No. 240/999 de 3 de agosto de 1999.
IV) El Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado informa que las modificaciones al Decreto 240/997 ..."no recogen las funciones específicas incorporadas a la Asesoría Técnica en lo concerniente al asesoramiento en las áreas de medio ambiente y apoyo informático y la descripción de las funciones de la Unidad de Fortalecimiento Institucional."
V) Asimismo señala en cuanto al Centro de Apoyo a las Fiscalías Penales, que sus funciones, ..."tampoco se encuentran previstas en la descripción de funciones asignadas a la Dirección."
CONSIDERANDO: I) Que al hecho de no existir para el Centro de Apoyo a las Fiscalías Penales una definición orgánica de sus funciones específicas o competencias, se agrega el cuestionamiento de la legalidad de algunas de las tareas cumplidas por la referida unidad organizativa.
II) Consultado el señor Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación subrogante respecto a las competencias y funciones que debe cumplir cada una de las unidades de referencia, propone las que a su criterio corresponden, asignando a la Unidad de Fortalecimiento Institucional competencias en las áreas de Estadística, Sistematización y Antecedentes y Apoyo en Informática y excluyendo de aquella el área de Asesoramiento Técnico en materia de Medio Ambiente, así como excluyendo de la estructura organizativa a los departamentos de Relacionamiento con la Comunidad y Centro de Apoyo a las Fiscalías Penales.
III) Por nota dirigida al señor Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, subrogante, del 26 de marzo de 2004, once de los trece Fiscales Letrados Nacionales en lo Penal actualmente en funciones, declararon que la única documentación que requieren para su mejor desempeño, es el memorandum o parte policial.
De lo cual se infiere que no consideran necesaria para su tarea la intermediación del Centro de Apoyo.
IV) La competencia en materia de capacitación de la Unidad de Fortalecimiento Institucional, fue asignada por Decreto 233/999, de 29 de julio de 1999.
ATENTO: a lo informado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado y la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 4to. de la Ley No. 17.556, de 18 de setiembre de 2002,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
ART. 1º.-
MODIFÍCASE el organigrama aprobado por el Decreto No. 235/998, de 1ro. de setiembre de 1998, suprimiendo de la Unidad Ejecutora 019 "Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación", del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", el departamento de Relacionamiento con la Comunidad.
ART. 2º.-
MODIFÍCASE el organigrama aprobado por el Decreto 240/999 de 3 de agosto de 1999, suprimiendo de la Unidad Ejecutora 019 "Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", el departamento "Centro de Apoyo a las Fiscalías Penales".
ART. 3º.-
Agrégase en el Capítulo III: Estructura Organizativa, numeral 2°. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección y a las unidades directamente dependientes del Decreto 240/997, de 17 de julio de 1997.
Fortalecimiento Institucional:
Propender a la optimización de los recursos humanos de la organización, en las siguientes áreas temáticas:
Capacitación: Perfeccionamiento académico de los funcionarios de la unidad (Magistrados, Técnicos y Administrativos) a través de la realización de cursos, talleres, encuentros regionales y eventos científicos nacionales e internacionales.
Estadística: relevar y sistematizar datos generales e innominados que surjan de la actividad de las Fiscalías.
Sistematización de Antecedentes e Información: sistematizar y registrar los dictámenes emitidos por la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación, así como proporcionar a todos los funcionarios de la Unidad, información sobre normas jurídicas vigentes.
Informática: Prestación de asesoramiento en la materia, ejecutando y coordinando proyectos en beneficio del servicio.
ART. 4º.-
Dese cuenta a la Asamblea General en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4to. de la Ley No. 17.556 de fecha 28 de setiembre de 2002.
ART. 5º.-
COMUNIQUESE, publíquese, etc.
BATLLE - LEONARDO GUZMAN - ISAAC ALFIE.