PROMULGACION: 10 de setiembre de 2002 PUBLICACION: 13 de setiembre de 2002
Decreto Nº 356/002 - Servicios de salud gravados con el Impuesto al Valor Agregado por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 17.502. Se determina como se considerarán devengados.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 10 de setiembre de 2002
VISTO: el régimen de devengamiento de los servicios de salud gravados por el Impuesto al Valor Agregado, establecido en los Decretos Nos. 253/002, de 4 de julio de 2002 y 293/002, de 31 de julio de 2002.
CONSIDERANDO: que es conveniente extender el período de aplicación de lo dispuesto en las referidas normas.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- ART. 2º.- |