PROMULGACION: 31 de enero de 2002 PUBLICACION: 6 de febrero de 2002
Decreto Nº 39/002 - Marco regulatorio del sistema eléctrico nacional. Se modifica el artículo 22 del Decerto Nº 22/999.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA Montevideo, 31 de enero de 2002
VISTO: lo dispuesto en el artículo 102 del Decreto Nº 22/999 de 26 de enero de 1999, reglamentario de la Ley Nº 16.832 de 17 de junio de 1997, de marco regulatorio de la industria eléctrica.
RESULTANDO: I) que por dicha reglamentación se cometió a la Administración del Mercado Eléctrico (ADME), el proponer al Ministerio de Industria, Energía y Minería, el Reglamento de Operación del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica y sus modificaciones, el que será aprobado
por el Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Unidad Reguladora de la Energía Eléctrica (UREE); CONSIDERANDO: I) que la tarea de diseño de los proyectos de Reglamento aludida se encuentra próxima a concluir, resultando por tanto pertinente adecuar la reglamentación referida a las circunstancias descriptas; ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto en el numeral 4º del artículo 168 de la Constitución de la República y en la Ley Nº 16.832 de 17 de junio de 1997.
ART. 1º.- "ARTICULO 102.- La Unidad Reguladora de la Energía Eléctrica, hasta tanto no se haya constituído la Administración del Mercado Eléctrico, podrá proponer al Ministerio de Industria, Energía y Minería el Reglamento de Operación del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica y sus
modificaciones, y formular cambios en los modelos matemáticos, en los programas destinados a la planificación de la operación y en el cálculo de los costos marginales y precios spot, el que será aprobado por el Poder Ejecutivo".
ART. 2º.- |