PROMULGACION: 11 de julio de 2001 PUBLICACION: 17 de julio de 2001
Decreto Nº 266/001 - Poder Judicial. Se realizan correcciones de errores y omisiones que se comprobaron en los artículos 330 y 332 de la Ley N° 17.296.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 11 de julio de 2001.
VISTO: la gestión promovida por la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en los artículos 330 y 332 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
RESULTANDO: I) que con la redacción dada en el artículo 330 de la mencionada Ley, corregido en su aspecto formal por Decreto Nº 170/001, de 9 de mayo de 2001, que asigna una partida con destino al perfeccionamiento académico de los funcionarios que ocupan cargos en los Escalafones A y N, quedarían excluidos determinados cargos, por no encontrarse mencionados en la escala del artículo 456, al que se remite.- CONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores, respetando con ello normas de rango constitucional y el espíritu del legislador al disponer el otorgamiento de dichas partidas.- ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 y el ordinal 4) del artículo 168 de la Constitución de la República.-
ART. 1º.- ART. 2º.- ART. 3º.- ART. 4º.- ART. 5º.- |