PROMULGACION: 18 de abril de 2014 PUBLICACION: 23 de mayo de 2014
Ley 19.208 - Obligación de formular declaración jurada de bienes e ingresos a funcionarios o empleados de empresas privadas adquiridas por organismos públicos.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
ART. Unico.- "Las disposiciones de los literales F), N) y P) son aplicables a los
funcionarios públicos o empleados que trabajan en las empresas
privadas ya creadas o adquiridas por los organismos públicos y en las
que se creen o adquieran en el futuro, así como en las creadas o
adquiridas a su vez por las empresas privadas dependientes de aquellas
y sus sucesivas, con sede en el territorio o fuera de él, siempre que
la participación del Estado sea mayoritaria".
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de abril de
2014. DANILO ASTORI, Presidente; HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI, Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 18 de abril de 2014
Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se extiende la
obligación de formular declaración jurada de bienes e ingresos a cualquier
título a funcionarios o empleados de empresas privadas adquiridas por
organismos públicos, siempre que la participación del Estado sea
mayoritaria.
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