PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
ART. Unico.-
Exceptúase de lo dispuesto por los artículos 49 y 50 de la Ley N° 18.719,
de 27 de diciembre de 2010, a la totalidad de los cargos pertenecientes a
los Escalafones N (Magistrados), Escalafón A - Grado 13 (actuales
Secretarios Letrados) y Escalafón A - Grado 11 (Asesores III), de la
Unidad Ejecutora 019 "Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la
Nación", del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura".
Los ingresos a los cargos de Secretarios Letrados -Escalafón A -Grado 13-
y Asesores III -Escalafón A - Grado 11- se realizarán por concurso que
instrumentará la citada Unidad Ejecutora y serán designados por el Poder
Ejecutivo.
La designación en los cargos pertenecientes al Escalafón N se rige por lo
dispuesto en el artículo 168 numeral 13 de la Constitución de la República
y en el artículo 7° del Decreto-Ley N° 15.365, de 30 de diciembre de 1982.
A tales efectos, la Unidad Ejecutora 019 del Inciso 11 "Ministerio de
Educación y Cultura" instrumentará un proceso de selección de aspirantes a
ser propuestos al Poder Ejecutivo para su designación en dichos cargos.
Los ascensos continuarán rigiéndose por las normas establecidas en el
Decreto-Ley N° 15.365, de 30 de diciembre de 1982.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 18 de
setiembre de 2012. DANIEL BIANCHI, 1er. Vicepresidente; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 28 de setiembre de 2012
Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se exceptúa de lo
dispuesto por los artículos 49 y 50 de la Ley N° 18.719, de 27 de
diciembre de 2010, a la totalidad de los cargos de Magistrados,
Secretarios Letrados y Asesores III pertenecientes a la Fiscalía de Corte
y Procuraduría General de la Nación.
MUJICA - EDUARDO BONOMI - ROBERTO CONDE - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER.