PROMULGACION: 14 de noviembre de 2007 PUBLICACION: 26 de noviembre de 2007
Ley 18.192 - Recuperación de los derechos jubilatorios y pensionarios de las personas que no pudieron acceder al trabajo en el período de facto. Se otorga plazo para la presentación de peticiones ante la Comisión Especial.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
ART. Unico.- Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 7 de noviembre de 2007. VICTOR VAILLANT, Presidente; HUGO RODRIGUEZ FILIPPINI, Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Montevideo, 14 de noviembre de 2007
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