PROMULGACION: 29 de junio de 2004
PUBLICACION: 5 de julio de 2004

Ley 17.789 - Banco de la República Oriental del Uruguay. Extensión de autorización

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

ART. UNICO.-
Extiéndese hasta el 31 de diciembre de 2004, la autorización otorgada al Banco de la República Oriental del Uruguay por el artículo 15 de la Ley N° 17.523, de 4 de agosto de 2002.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 16 de junio de 2004. JOSE AMORIN BATLLE, Presidente; HORACIO D. CATALURDA, Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 29 de junio de 2004

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE - ISAAC ALFIE.